OJO PRECAUCIÓN

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Muchas personas en su desesperación e imperiosa necesidad de poseer una sociedad con Cif Intracomunitario en España, se lanzan desesperadamente a los anuncios de páginas webs, y con la mayor esperanza teclean en su pc nif intracomunitario, sociedad con cif intracomunitario, sociedad con nif intracomunitario, sociedad con cif intracomunitario, sociedad con vies, sociedad con roi, IVA Intracomunitario, Empresa con cif Intracomunitario, Empresa con NIF Intracomunitario, Empresa con ROI, Empresa con VIES.

Estas son las búsquedas de la ilusión, donde rápidamente saltan personas que poseen una sociedad con cif intracomunitario y que las venden por muy variados y diferentes precios.

El proceso es sencillo, se va al Notario, se venden las participaciones sociales y se cambia el órgano de administración. Después el nuevo administrador da de alta su recién adquirida sociedad en hacienda y es ahí cuando nos encontramos que nuestro ansiado CIF INTRACOMUNITARIO ha sido revocado de oficio, porque por norma la administración de hacienda revoca el NIF INTRACOMUNITARIO de una sociedad cuando esta ha cambiado el órgano de administración. Cosa que ignoran hasta las propias personas que las venden y que han actuado de buena fe. Una vez con la sociedad en nuestras manos lo volvemos a solicitar, ahí radica la dificultad de su concesión, hacienda en la mayoría de las ocasiones envía a sus inspectores a comprobar la veracidad de la existencia de la sociedad, sus instalaciones, sus trabajadores, a quienes van a facturar, en otras palabras comprobarán la realidad y la necesidad de una sociedad con cara y ojos que realmente necesita el cif intracomunitario. No valen Coworkins ni centros de negocios ni que el administrador presente deudas con hacienda o seguridad social.

Al margen de lo expuesto anteriormente puede darse el caso de de que nuestra recién adquirida sociedad, pueda presentar deudas de bancos o particulares que por muchas comprobaciones que hayamos realizado antes, son imposibles detectar. Podemos tener el certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social impoluto, así como el de la administración de Hacienda pero. . . . ¿Qué ocurre con aquellas deudas que no tenemos acceso a poderlas averiguar? como son las deudas particulares con bancos proveedores?

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